Skip to content

Discriminación Ilegal

¿Qué es la discriminación ilegal?

Un arrendador no puede negarse a alquilar a un inquilino o proporcionar términos desiguales a un inquilino por motivos discriminatorios. La ley también protege a ciertas clases protegidas de la discriminación. En California, los grupos protegidos, o "clases", incluyen:

  • Raza, color
  • Ascendencia, origen nacional
  • Religión
  • Discapacidad, mental o física
  • Sexo, género
  • Orientación sexual
  • Identidad de género, expresión de género
  • Información genética
  • Estado civil
  • Condición de familiar
  • Fuente de ingresos (incluidos los vales de vivienda)
  • Estado militar o de veterano

Además, la Ley de Derechos Civiles Unruh, que se aplica a la vivienda privada, prohíbe la discriminación basada en ciudadanía, estatus migratorio, idioma principal, edad, condición médica o cualquier otra característica personal arbitraria. También está prohibida la discriminación basada en características personales especificadas. La Legislatura de California ha declarado que la oportunidad de buscar, obtener y mantener vivienda libre de discriminación ilegal es un derecho civil protegido bajo las Constituciones de los Estados Unidos y de California.

Bajo la ley de California, es ilegal que un arrendador, agente de administración o corredor de bienes raíces discrimine o acose a una persona por motivos de raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo, el parto o las condiciones médicas relacionadas con ellos), discapacidad, género, identidad de género, expresión de género, orientación sexual, estado civil, origen nacional, ascendencia, estado familiar, fuente de ingresos, estado de veterano o militar, o información genética. La ley de California también prohíbe la discriminación basada en cualquiera de los siguientes:

  • La edad de una persona, condición médica, ciudadanía, idioma principal, estatus migratorio o características personales, como la apariencia física de una persona u otras características que puedan considerarse como discriminación 'arbitraria'.
  • La percepción de la raza, color, religión, sexo, género, identidad de género, expresión de género, orientación sexual, estado civil, origen nacional, ascendencia, estado familiar, fuente de ingresos, discapacidad, estado de veterano o militar, o información genética de una persona, o la percepción de que una persona está asociada con otra persona que pueda tener cualquiera de estas características.

Si un arrendador permite que las parejas casadas combinen sus ingresos para calificar para una unidad, el arrendador también debe permitir que las personas solteras (es decir, parejas de hecho, parejas del mismo sexo, compañeros de cuarto, etc.) combinen sus ingresos para calificar en la misma base que las parejas casadas.

Excepto según lo específicamente requerido por la ley federal para ciertos programas de vivienda, un arrendador no puede preguntar sobre el estatus migratorio o de ciudadanía del inquilino o posible inquilino o requerir que un inquilino o posible inquilino haga alguna declaración sobre su estatus migratorio o de ciudadanía. Sin embargo, un arrendador puede solicitar información o documentos para verificar la identidad y calificaciones financieras de un solicitante. Ya sea que un arrendador pueda preguntar sobre el estatus migratorio de un inquilino existente o potencial, es ilegal que un arrendador, con el propósito de influir en un inquilino para que desaloje su unidad de alquiler, amenace con divulgar información sobre el estatus migratorio o de ciudadanía de un inquilino, ocupante u otra persona asociada con el inquilino u ocupante. También es ilegal que un arrendador hostigue, intimide o tome represalias contra un inquilino existente o potencial al divulgar el estatus migratorio o de ciudadanía de esa persona a las autoridades policiales federales, estatales o locales, incluidas las autoridades federales de inmigración.

Excepciones limitadas para habitaciones individuales y compañeros de cuarto

Si el propietario de una casa unifamiliar ocupada por el propietario alquila una habitación individual en su casa a un compañero de cuarto o internado, y no hay otros compañeros de

 

Varios recursos están disponibles para ayudar a resolver problemas de discriminación en la vivienda:

  • Organizaciones locales de equidad en la vivienda (a menudo conocidas como consejos de equidad en la vivienda). Busca en la sección de negocios o comerciales de la guía telefónica, utiliza recursos en línea o marca 4-1-1 para asistencia telefónica. La Alianza Nacional de Equidad en la Vivienda mantiene un mapa interactivo de organizaciones locales que defienden la equidad en la vivienda en https://nationalfairhousing.org/member-directory/. Brochure del Consejo de Equidad en la Vivienda del Centro de California y la información de contacto: Folleto de Discriminación en la Vivienda del FHCCC
  • Los arrendadores pueden buscar capítulos locales de asociaciones de apartamentos de California. Busca en la sección de negocios o comerciales de la guía telefónica. La Asociación de Apartamentos de California mantiene una lista de capítulos locales de asociaciones de apartamentos en www.caanet.org.
  • Agencias gubernamentales locales. Busca en la sección gubernamental de la guía telefónica bajo Oficinas de Gobierno de la Ciudad o del Condado, busca información sobre equidad en la vivienda en el sitio web de tu ciudad y condado, o llama a las oficinas de los funcionarios electos locales (por ejemplo, tu representante del consejo de la ciudad o tu supervisor del condado) o marca 4-1-1 para asistencia telefónica.
  • El Departamento de Empleo y Vivienda Justa de California (DFEH) investiga denuncias de discriminación en la vivienda (pero no otros tipos de problemas entre arrendadores e inquilinos). El DFEH hace cumplir la Ley de Empleo y Vivienda Justa que prohíbe la discriminación basada en las siguientes categorías: ascendencia, origen nacional, estado civil, ciudadanía, discapacidad mental o física, idioma principal, estado familiar, raza, color, identidad de género, género, expresión religiosa, sexo, información genética, orientación sexual, estado migratorio y fuente de ingresos. Si sientes que has sido objeto de discriminación en la vivienda, contacta al DFEH. La Unidad de Aplicación de la Vivienda del DFEH puede ser contactada al (800) 884-1684 TTY (800) 700-2320. Puedes aprender sobre el proceso de queja del DFEH en https://www.dfeh.ca.gov/complaintprocess/.
  • El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD) hace cumplir la ley federal de equidad en la vivienda, que prohíbe la discriminación basada en sexo, raza, color, religión, origen nacional, estado familiar y discapacidad. Además, la Regla de Igualdad de Acceso de HUD requiere igual acceso a los programas de HUD sin importar la orientación sexual real o percibida, la identidad de género o el estado civil de una persona. Para contactar a HUD, busca en la sección gubernamental de la guía telefónica bajo Oficinas del Gobierno de los Estados Unidos, o ve a www.hud.gov.
  • Las organizaciones de ayuda legal proporcionan asesoramiento legal gratuito, representación y otros servicios legales en casos no penales a personas económicamente desfavorecidas. Las organizaciones de ayuda legal están ubicadas en todo el estado. Busca en la sección de negocios o comerciales de la guía telefónica bajo Abogados o ve a https://lawhelpca.org. La Asociación de Ayuda Legal de California también mantiene un directorio de organizaciones de ayuda legal en www.laaconline.org, al igual que el Departamento de Bienes Raíces en www.housing.ca.gov.
  • Abogados privados. Puedes considerar contratar a un abogado privado para emprender acciones legales contra un arrendador que te haya discriminado. Para conocer los nombres de abogados especializados en casos de discriminación en la vivienda, contacta a tu colegio de abogados del condado o a un servicio de referencia de abogados.

Debes actuar rápidamente si crees que un arrendador te ha discriminado ilegalmente. Los plazos para presentar quejas por discriminación en la vivienda son cortos. Por ejemplo, una queja al DFEH debe presentarse dentro de un año a partir de la fecha del acto discriminatorio. Asegúrate de documentar la discriminación ilegal cuando ocurra. Primero, anota lo que sucedió, incluidas las fechas y los nombres de las personas involucradas.

Luego, contacta a uno de los recursos mencionados anteriormente o a la Clínica Legal de UCM para obtener asesoramiento y ayuda